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miércoles, 30 de marzo de 2011

A los sujetos pasivos que requieran el RUC


No. NAC-DGECCGC11-00005
SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
A LOS SUJETOS PASIVOS DE IMPUESTOS ADMINISTRADOS POR EL SERVICIO DE RENTAS
INTERNAS QUE REQUIERAN OBTENER EL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES

El artículo 227 de la Constitución de la República señala que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige -entre otros- por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, desconcentración, descentralización, coordinación, participación y planificación.

El artículo 551 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 303 de 19 de octubre del 2010, establece que el Servicio de Rentas Internas, previo a otorgar el Registro Único de Contribuyentes (RUC), exigirá el pago del impuesto de patentes municipales.

En concordancia, el artículo 547 del referido cuerpo normativo respecto de los sujetos pasivos, establece que están obligados a obtener la patente y, por ende, el pago anual del impuesto de que trata el artículo 546, las personas naturales, jurídicas, sociedades, nacionales o extranjeras, domiciliadas o con establecimiento en la respectiva jurisdicción municipal o metropolitana, que ejerzan permanentemente actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y profesionales.

De igual forma, el artículo 2 del Código de Comercio establece como comerciantes a las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, domiciliadas en el Ecuador, que realicen servicios relacionados con actividades comerciales.

La Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU) es la clasificación internacional de referencia de las actividades productivas.

Su propósito principal es ofrecer un conjunto de categorías de actividades que se pueda utilizar para la reunión y difusión de datos estadísticos de acuerdo con esas actividades. Desde que se aprobara la versión original de la CIIU en 1948, la mayoría de los países de todo el mundo vienen utilizando la CIIU como su clasificación nacional de las actividades económicas o han elaborado clasificaciones nacionales derivadas de ella. Por consiguiente, la CIIU ha proporcionado orientación a los países para la elaboración de clasificaciones nacionales y se ha convertido en un instrumento importante para comparar a nivel internacional los datos estadísticos sobre las actividades económicas. La CIIU ha sido ampliamente utilizada, tanto en el plano nacional como en el internacional, para clasificar los datos según el tipo de actividad económica en las diversas estadísticas económicas y sociales, como las referidas a las cuentas nacionales, la demografía de las empresas, el empleo y otros aspectos. Además, la CIIU se utiliza también cada vez más con fines no estadísticos.1
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Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU). Revisión 4. Naciones Unidas. Nueva York 2009.

El Servicio de Rentas Internas utiliza el CIIU, (Clasificación Industrial Internacional Uniforme), para la asignación de actividades económicas en los trámites que realiza de inscripción y actualización del Registro Único de Contribuyentes.

Por su parte, los artículos 1 y 2 de la Ley de Registro Único de Contribuyentes (RUC) señalan -respectivamente- que el RUC es un instrumento que tiene por función registrar e identificar a los contribuyentes con fines impositivos y como objeto proporcionar información a la Administración Tributaria, y que éste será administrado por el Servicio de Rentas Internas, debiendo todas las instituciones, del Estado, empresas particulares y personas naturales, prestar la colaboración que sea necesaria dentro del tiempo y condiciones que requiera dicha institución.

El artículo 8 de la Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas, dispone que el Director General del Servicio de Rentas Internas, tiene la facultad de emitir resoluciones de carácter general y circulares, tendientes a la correcta aplicación de las normas tributarias.

Con base en las disposiciones constitucionales y legales anteriormente mencionadas y con el fin de facilitar al contribuyente el cumplimiento de sus obligaciones formales, esta Administración Tributaria comunica a los sujetos pasivos que desarrollen las actividades contenidas en los grupos de actividad económica detalladas a continuación, que previo al otorgamiento del correspondiente certificado de RUC deberán realizar el pago del impuesto de patente municipal, conforme las disposiciones del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización:

El desglose de los grupos de las actividades mencionadas, se detallará mediante anexo a la presente resolución en la página web del Servicio de Rentas Internas www.sri.gob.ec

El comprobante de pago del referido impuesto deberá ser presentado por parte de los respectivos contribuyentes, al momento de solicitar su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC).

El detalle de actividades, señaladas en la presente circular, únicamente sirve de referencia para la obtención del RUC, y no incide en la obligación de los contribuyentes de pagar el impuesto a las patentes, de conformidad con la Ley y las respectivas ordenanzas emitidas por los gobiernos autónomos descentralizados, que se constituyen en el sujeto activo de este tributo.

Comuníquese y publíquese.- Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a 18 de marzo del 2011.
Dictó y firmó la circular que antecede, Carlos Marx Carrasco V., Director General del Servicio de Rentas
Internas, en Quito, D. M., 18 de marzo del 2011.
Lo certifico.
f.) Dra. Alba Molina, Secretaria General del Servicio de Rentas Internas.

Registro Oficial Nº 416 -- Miércoles 30 de Marzo del 2011

El chiste de hoy . . . . . . .


LÓGICA DE LAS MONJAS
Dos monjas salían del convento para vender biscochos.
Una es la Hermana María y la otra es la Hermana Luisa.
Hermana María: - Está quedando oscuro y nosotras todavía estamos lejos
del convento!!!
Hermana Luisa: - ¿Ya te diste cuenta que un hombre está siguiéndonos
hace como media hora?
Hermana María: - Si, ¿Qué será lo que él quiere?
Hermana Luisa: - Es lógico Él quiere violarnos.
Hermana María: - ¿Y ahora, que debemos hacer? Él nos alcanzará en 1 minuto.
Hermana Luisa: - La única cosa lógica que nos resta hacer, es separarnos.
Tú vas para aquel lado y yo voy por aquel otro. El no podrá seguirnos a las dos, al mismo tiempo.
Entonces, el hombre decidió seguir a la Hermana Luisa...
La Hermana María llegó al convento preocupada con lo que podría haberle sucedido a la Hermana Luisa.
Pasado un buen tiempo, llega la Hermana Luisa.
Hermana María: - Hermana Luisa.  Gracias a Dios que llegó. Cuéntame lo que sucedió.
Hermana Luisa: - Sucedió lo lógico. El hombre no podía seguirnos a las dos, entonces el opto por seguirme.
Hermana María: - ¿Entonces qué sucedió?
Hermana Luisa: - Lo lógico, yo comencé a correr lo más rápido que pude y el corrió lo más rápido que él podía también...
Hermana María: - ¿Y entonces?....
Hermana Luisa: - Nuevamente sucedió lo lógico: el me alcanzó.
Hermana María: - Oh, Dios mío!  ¿Y tú que hiciste?
Hermana Luisa: - Hice lo lógico, me levanté el hábito.
Hermana María: - Oh, Hermana Luisa!  ¿Y que hizo el hombre?
Hermana Luisa: - El, también hizo lo lógico, se bajó sus pantalones.
Hermana María: - Oh, no!!! ¿Y qué sucedió después?
Hermana Luisa: - ¿No es obvio, Hermana María? Una monja con el hábito levantado consigue correr mucho más rápido que un hombre con los pantalones abajo!!!

SI USTED PENSO EN OTRO FINAL PARA LA HISTORIA, RECE:
188 AVE MARIAS Y 309 PADRES NUESTROS.   ¡¡¡PERVERTIDOS!!!

Y PIDA A DIOS PARA QUE LIMPIE SU MENTE SUCIA

lunes, 28 de marzo de 2011

Laura Pausini "un hecho obvio"

El chiste de hoy . . . . . . .


Primera vez

Un adolescente, de unos 17 años, vuelve a su casa con una gran sonrisa en la cara. Su padre, extrañado le pregunta:
- ¿Por qué vienes tan contento, hijo?
- ¡Es que he tenido mi primera relación sexual, papá!
Sorprendido y entusiasmado, el padre le dice:
- ¡Muy bien! Ven, siéntate aquí y cuéntamelo todo.
- ¡Uf, si pudiera sentarme como tengo el trasero ahora!

Busca un confidente - Los Diablitos De colombia

Colegio de Contadores de Los Rios

http://www.elclarin-ec.com/sociales.htm
El vicepresidente de la Federación Nacional de Contadores del Ecuador, Cornelio Elizalde Aguilar en compañía de sus colegas de la provincia de Los Ríos.

domingo, 27 de marzo de 2011

El chiste de hoy . . . . . . .


Los judios

San Pedro está en la puerta del Cielo en eso llega uno que se acababa de morir, y le dice:
- Hola, de donde eres y a que te dedicas? - Soy Alemán, y yo era carpintero.
- Hombre, que bien, ponte aquí, que voy a atender a esos que vienen por ahí, y ahora hablo contigo.
Llega el segundo y le pregunta lo mismo.  - Yo soy Polaco, y era carpintero.
Hombre, que bien, espera un poco ahí.
Al tercero, le pregunta lo mismo, a lo que le responde: - Soy judío y en la tierra era carpintero.
Hombre qué bien, mirar, ahora que estáis aquí los 3, el caso es que tengo la puerta del cielo que ya veis como chirría.. y quería que me den 1 presupuesto cada uno para repararla...
El Polaco dice: Mano de obra + Piezas +Beneficio: 3.000 Pesetas
El Alemán dice: Mano de obra + Piezas + Beneficio: 10.000 Pesetas
El Judío dice: Mano de Obra + Piezas + Beneficio: 23.000 Pesetas
En eso dice San Pedro:
- ¿Coño y como has sacado el precio?
- Muy fácil.... -dice el judío – 15.000 Pesetas para mi, 5.000 Pts. Para ti, San Pedro, y 3.000 Pts, para el polaco que es el que va a arreglar la puerta....